jueves, 30 de enero de 2014

EL FALLO DE LA HAYA


Comparto plenamente lo expresado por el Dr. Manuel Rodriguez Cuadros 
Es un gran éxito para el Perú. El 75.4% del espacio marítimo en disputa ha sido atribuido por la Corte a la soberanía nacional. El 100% del llamado segundo triángulo y el 57.3% del área concernida a la disputa limítrofe también. En relación a lo que teníamos, el mar de Grau se ha extendido en 50,284 kilómetros cuadrados. Casi dos veces el territorio de Bélgica.

Dr. Manuel Rodriguez Cuadros 
¿Cree usted que el veredicto de La Haya constituye un triunfo peruano, en qué medida?
—Es un gran éxito para el Perú. El 75.4% del espacio marítimo en disputa ha sido atribuido por la Corte a la soberanía nacional. El 100% del llamado segundo triángulo y el 57.3% del área concernida a la disputa limítrofe también. En relación a lo que teníamos, el mar de Grau se ha extendido en 50,284 kilómetros cuadrados. Casi dos veces el territorio de Bélgica.

—¿Es una lectura adecuada decir que ganamos más 50 mil kilómetros cuadrados y que Chile se queda con el mar donde hay mayor riqueza ictiológica?—No creo que esa afirmación sea cierta. Chile preserva el área marítima donde tiene concentrada la pesca de anchoveta. Pero hasta por razones del volumen de agua el potencial pesquero de lo ganado es excepcional. Como ha dicho la canciller Eda Rivas, el Imarpe tiene que hacer las evaluaciones para proceder a la explotación de las riquezas marinas en nuestro nuevo mar de manera sustentable. 

SOBRE TACNA

—¿Los tacneños deben sentirse conformes con el fallo o deben estar inconformes porque el fallo no va cambiar su situación?
—Creo que deben estar satisfechos, pues el Perú ha ganado más de 50 mil kilómetros cuadrados de mar; y Tacna siempre ha tenido una vocación generosa de peruanidad. Tacna gana el acceso a la nueva zona económica exclusiva del Perú; y ello se traducirá necesariamente en un mayor desarrollo pesquero. He escuchado con mucha satisfacción el anuncio de la canciller Rivas que habrá además un plan especial de desarrollo de la región Tacna; y no solo en el ámbito pesquero, sino en el ámbito social y de desarrollo agrícola e industrial. Un nuevo impulso a las irrigaciones y a la zona franca de Tacna. Ojalá esa decisión se haga realidad lo más pronto posible.

—¿Qué espera usted que suceda luego de esta sentencia?—Lo normal y usual, que pasemos al ejercicio de nuestros derechos de soberanía y jurisdicción en los nuevos espacios oceánicos que nos ha otorgado la Corte; y que los dos países procedan a definir las coordenadas de los puntos de referencia del nuevo límite, como lo ha mandado también la Corte; y obviamente que el buen curso de las relaciones se consolide y profundice. El anuncio de la canciller Rivas, del envío de un barco de investigación científica al nuevo espacio marítimo peruano, es coherente con el hecho que los derechos de soberanía y jurisdicción que se han otorgado al Perú se ejercen de inmediato. 

—¿Cree usted que este gobierno ha manejado de manera adecuada el proceso?—Creo que en sus respectivas competencias y responsabilidades lo han manejado bien los tres gobiernos involucrados en el proceso. El de Alejandro Toledo, el de Alan García y el del presidente Humala. Pienso que la defensa en la fase oral que estuvo a cargo del actual gobierno ha sido decisiva para el éxito obtenido.

—¿Queda algún tema pendiente con Chile después del fallo, por ejemplo, el punto B y C?—No. El punto B y C están definidos en el fallo. Lo que hay que hacer es establecer las coordenadas de esos puntos, pero ello no tiene implicancia en el ejercicio inmediato de nuestros derechos de soberanía y jurisdicción en los más de 50 mil kilómetros cuadrados que la Corte nos ha reconocido.

—¿Por qué cree usted que Piñera y Bachelet han indicado que el triángulo terrestre les pertenece?—La Corte no se ha pronunciado sobre el triángulo terrestre. Conforme al Tratado de 1929, el triángulo es territorio peruano.

—¿De persistir esa postura cómo podría resolverse la exigencia chilena del triángulo terrestre?—No puedo saber y no sería procedente que opine sobre la visión de Chile, eso corresponde a sus autoridades. Lo que puedo decir es que para el Perú no hay diferendo territorial, pues el triángulo es de soberanía peruana, conforme al Tratado de 1929; y que la Corte no se ha pronunciado sobre este asunto pues estaba fuera de su competencia, como lo señaló con claridad en el texto de la sentencia. 

—¿La insistencia de la presidenta electa Bachelet de que la implementación del fallo tendrá que ser gradual y con acuerdo de las partes es válida?—El fallo es de validez y ejecución inmediata. Evidentemente la fijación de las coordenadas de los puntos de referencia la tienen que hacer los dos países de manera coordinada y consensuada. Los tiempos de esta acción lo decidirán los cancilleres.

DICE RODRÍGUEZ CUADROS
No ha sido salomónico sino de puro derecho

—¿Cuál es su evaluación desde el punto de vista jurídico del fallo que ya es público? ¿Alguna crítica u observación?
—Como lo señalé en reiteradas oportunidades el fallo no ha sido “salomónico” sino de puro derecho. La Corte ha determinado que la Declaración de Santiago, siendo un tratado, en su artículo IV no estableció ninguna referencia a límite marítimo alguno entre el Perú y Chile. Al mismo tiempo, determinó que el Convenio de 1954 reconoce tácitamente un límite por el paralelo, pero que no lo especifica. Luego, la Corte se pregunta por la extensión de la zona especial fronteriza hacia alta mar y encuentra que el Convenio de 1954 no dice nada al respecto. En función del informe y el acta de 1968 y 1969 sobre la instalación de los faros de enfilación para orientar a las pequeñas embarcaciones pesqueras, especialmente la distancia que podían incursionar y una evaluación del área donde se concentra la riqueza pesquera en la zona, la Corte determina que la línea del paralelo que se reconoce en el Convenio de 1954 se extiende desde la línea de baja mar en la dirección del Hito numero 1 hasta la milla 80. Esto significa que para la Corte no existía límite alguno de la milla ochenta a la 200. Decide que ese segmento del límite debe fijarse conforme al derecho consuetudinario que manda trazar los límites en principio a través de una línea equidistante. Luego la Corte comprueba que no hay circunstancias pertinentes que obliguen a ajustar la línea y confirma la equidistancia para ese segmento de la milla 80 a la 200. La Corte finalmente procedió a trazar para ese tramo la equidistancia a partir de las líneas de base con referencia al punto del paralelo en la milla 80. Esa línea otorga al Perú el 75.4% de la zona en disputa. Como verá, el fallo es de puro derecho.

fuente : http://www.laprimeraperu.pe/online/politica/mar-de-grau-se-ha-extendido-en-50-284-kilometros-cuadrados_161047.html

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