Dejamos aquí un interesante análisis sobre el tema pendiente con Chile sobre el tema de los limites marítimos, donde se analiza la posibilidad de que Chile no se sujete a lo dictado por la Corte Internacional de Justicia, esto a raíz de una encuesta publicada donde se pone en evidencia que la abrumadora mayoría de la sociedad chilena estaría en contra de acatar la resolución de Corte Internacional de la Haya en caso de serles adversa la decisión.
El internacionalista Miguel Ángel Rodríguez Mackay sostuvo que si Chile, desconoce la sentencia de la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya, en un eventual fallo adverso en el contencioso marítimo que lo enfrenta con Perú, estaría tirando por la borda todo lo alcanzado con su economía de mercado y ningún sistema de gobierno podría sostenerse en Santiago.
–¿Por qué Chile se resintió tanto, como si fuera una traición de parte nuestra que interpusiéramos la demanda ante La Haya?
Es un resentimiento sin fundamento. El Perú ha utilizado el mecanismo más viable de relación entre Estados, es decir, acudió a la instancia jurisdiccional, la Corte de La Haya es la forma más civilizada de cómo dos Estados son capaces de resolver un problema por la vía de la paz, esto es un principio del derecho internacional que tiene carácter obligatorio para las partes.
–A este nivel, ¿cómo viene desarrollándose la defensa peruana ejecutada por la Cancillería?
La defensa peruana es profesional, responde a los intereses del Estado, en tanto se trate de una defensa de Estado y no de gobierno. El agente del Estado peruano, el ex canciller Allan Wagner y el equipo de juristas, cartógrafos e historiadores que él lidera, responden a una estrategia de Estado, en ese sentido, si se trata de un asunto jurídico reservado, llevado en cumplimiento del estatuto y del reglamento de la CIJ, estimo que el procedimiento desarrollado hasta hoy, es el adecuado.
–¿Cómo califica la posición chilena de señalar que los acuerdos pesqueros de 1952 y 1954, son acuerdos de límites?
Son argumentos sin fundamento. La Declaración de Santiago del 52 y el Convenio sobre Zona Especial del 54, no son convenios de límites marítimos, como asegura Chile, sino de naturaleza administrativa, que en su momento intentó encontrar una salida a la detención de los pescadores que de uno y otro lado se pasaban de forma inadvertida. Ninguno de los dos documentos se refiere a límites marítimos y su prueba está consagrada en los mecanismos establecidos en la Convención de Viena sobre los derechos de los tratados.
–¿Por qué el canciller ecuatoriano, Ricardo Patiño, aduce que su país aún no decide si entra o no de manera abierta al litigio?
Ecuador es un Estado soberano y su ministro de Relaciones Exteriores, desde esa perspectiva, tiene los atributos de poder sostener lo que sustenta, a Ecuador en ninguna circunstancia le conviene participar en el proceso judicial porque el fallo lo determinaría vinculante y además entre ambos países no existen problemas de limites marítimos, eso está sencillamente establecido en el acto excepcional del artículo IV de la Declaración de Santiago, donde se señala que solamente funge la delimitación marítima por el paralelo en el caso de presentarse islas, sólo por esa premisa es viable sostenerlo, entonces ¿nuestro vecino país va a querer renunciar a sus islas?, evidentemente que no.
–¿A esta razón obedece la carta enviada por el presidente García a su homologo ecuatoriano Rafael Correa?
Así es. Correa le planteó al presidente García que ponga por escrito que entre ambos países no hay problemas limítrofes, por esto nuestro mandatario le envió una carta que en conformidad con la Convención de Viena, tiene gravitación e impacto jurídico debido a que conforma un acto de Estado, en consecuencia, espero que Ecuador mantenga una posición incólume entre ambos países. El canciller ecuatoriano es cauto y damos por descontada la inacción de Ecuador de participar en un proceso que a la luz de todas las piezas sostenidas hasta ahora, están los argumentos muy sólidos favorables al lado peruano.
–¿Qué haríamos si Chile desconoce un fallo adverso en La Haya?
No hay posibilidad alguna para que Chile pueda declararse en rebeldía ante un fallo de CIJ, en la historia del derecho internacional no existe ningún país que se haya declarado en rebeldía ante un fallo de La Haya, si acaso eso pasara, el sistema internacional prevé de conformidad con el Art. 94.1 de las Naciones Unidas, el Concejo de Seguridad, que vela por la seguridad del planeta, está facultado para aplicar acciones y mecanismos de naturaleza coercitiva y coactiva, sencillamente Chile perdería y no estaría en condiciones de enfrentar una fuerza multinacional.
Chile es un país racional, si se declara en rebeldía estaría pateando el tablero del derecho internacional, Chile tiene a la fecha 63 TLC con el mundo entero, ¿querrá tirar por la borda todo lo que alcanzó con su economía de mercado y su posición de país garantista del sistema jurídico internacional? Ningún gobierno en Santiago de Chile podría sostenerse.
Réplica: responder y fortalecer posición
–¿Cuál es el objeto de la Réplica, anunciada por el canciller José Antonio García Belaunde, que se presentará el 11 de noviembre?
Es responder a Chile lo expresado en su contramemoria, uno a uno todos los argumentos presentados en esta y al mismo tiempo fortalecer aún más la posición del Estado peruano señalados inicialmente en la memoria.
Tengo fe y convicción en los argumentos sólidos que avalan la tesis del Perú y creo que hay que tener una suerte de compromiso y ver esto como un asunto de Estado y desde esa perspectiva debemos tener confianza en una delegación que asume una conducta desde Estados y nunca desde gobiernos.
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DEL PERÚ
DECANO FACULTAD DE DERECHO CIENCIA POLITICA Y
RELACIONES INTERNACIONALES
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